En estas líneas te contamos, en claro y al grano, qué puedes exigir cuando una aerolínea revoca en la puerta una autorización previa o incurre en una denegación de embarque por discapacidad (PMR). Verás cómo se aplica la compensación del Reglamento 261/2004 y la asistencia del Reglamento 1107/2006, y cómo reclamar gastos y daño moral con nuestro apoyo legal.
Condena a Vueling por negar el embarque: qué significa para ti
La clave del caso de Bergara y por qué te afecta

La sentencia del Juzgado de Bergara (2025) dejó claro que la pasajera avisó con antelación y que la aerolínea emitió una confirmación previa de transporte de ayudas de movilidad por escrito (prueba documental por WhatsApp o correo). El vuelo de ida se aceptó sin problema; en el regreso, no. Ese giro, sin una causa real de seguridad, vulnera tus derechos y activa la compensación y la asistencia.
Además de la compensación por denegación de embarque, la jueza fijó una indemnización de 1.500 euros más intereses, reconoció los gastos (transporte alternativo, kilometraje, etc.) y el daño moral por la exposición pública tras la intervención de la Guardia Civil. Este criterio es aplicable si viajas con scooters, sillas de ruedas eléctricas u otras ayudas, cumpliendo las normas de seguridad y guardando las pruebas.
Reglas que te protegen (261/2004 + 1107/2006)
Si te niegan el embarque contra tu voluntad, tienes derecho a asistencia inmediata y ruta alternativa (comidas, comunicaciones y, si procede, alojamiento) y a transporte alternativo y reembolso (art. 8), además de la compensación según la distancia: 250 €, 400 € o 600 €. Si la incidencia afecta a tu movilidad, se añade la prohibición de discriminación, la prioridad de embarque para PMR y su acompañante y la coherencia con la autorización previa.
Para ayudas con batería, la operativa sigue guías técnicas y políticas internas. Si la aerolínea aceptó tu equipo y luego lo revoca en la puerta sin base objetiva, podrás reclamar la compensación, los gastos y, cuando encaje, el daño moral.
¡Indemnización por retraso de vuelos! Conoce tus derechos
Si tu vuelo se retrasa, quizá te corresponde una compensación. Te explicamos cuándo, cuánto y cómo reclamar. Lo gestionamos por ti.
Qué puedes reclamar y cómo acreditarlo
Conceptos indemnizables y cálculo de la compensación
Ante una denegación de embarque injustificada puedes reclamar: 1) la compensación (250/400/600 €), 2) el reembolso o una ruta alternativa, 3) la asistencia (comidas y alojamiento cuando toque), 4) los gastos razonables (alquiler de coche, taxis, hoteles, kilometraje) y 5) el daño moral por denegación de embarque cuando la actuación afecta a tu dignidad. También contemplamos la responsabilidad por equipos de movilidad según el Convenio de Montreal.
| Situación | Qué te corresponde | Base legal | Documentos clave |
|---|---|---|---|
| Denegación de embarque sin causa de seguridad | 250/400/600 € + reembolso o ruta alternativa + asistencia | Reglamento 261/2004 (art. 4, 7, 8 y 9) | Tarjeta de embarque, acta de incidencia, testigos |
| Denegación vinculada a discapacidad/PMR | Compensación + prioridad y asistencia + coherencia con la aceptación previa | Reglamento 1107/2006 | Confirmación previa y ficha técnica del equipo |
| Ayuda de movilidad con batería (aceptada y luego revocada) | Compensación + gastos (alquiler, kilometraje, hoteles) | 261/2004 + políticas operativas | Correos/WhatsApp de aceptación, facturas, justificantes |
| Equipo dañado o perdido | Reparación o compensación | Convenio de Montreal | Fotos, informe de daños, tickets de reparación |
Para que prospere tu reclamación, justifica la ruta alternativa elegida, cuantifica cada gasto con su factura y explica por qué no podías esperar una reubicación razonable. Nosotros preparamos una memoria de daños clara y ordenada para acelerar el cobro.
¿Sabías que…?
- Si avisas con 48 horas, el aeropuerto debe darte asistencia gratuita desde el punto de encuentro.
- Una confirmación escrita del transporte del scooter o de la silla te protege si cambian de criterio en la puerta.
- Puedes reclamar los gastos y, cuando corresponda, el daño moral por la exposición y el perjuicio sufrido.
Pruebas clave para ganar tu caso
Reúne: la confirmación de la aerolínea, la ficha técnica del equipo y de la batería, las tarjetas de embarque, las facturas de gastos, el acta de incidencia aeroportuaria y los nombres de testigos o del personal de asistencia. Si alegan “seguridad”, pide los motivos escritos del comandante. Para dudas, consulta la Derechos de los pasajeros: guía oficial de AESA.
También guarda el justificante de haber solicitado la asistencia PMR y la hora de llegada al punto de encuentro. Con esa base documental, reducimos objeciones y aceleramos resultados. Si hace falta, aportamos un informe pericial o una prueba pericial sobre el equipo y su batería.
Reclamamos por ti, sin adelantar honorarios
Hacemos tres pasos: revisamos tu caso, te explicamos opciones y presentamos la reclamación. Trabajamos a éxito y respondemos en 24–48 h.
Baterías, seguridad y asistencia: lo esencial que debes saber
Normas sobre baterías y ayudas de movilidad

Las normas distinguen patinetes recreativos de ayudas de movilidad. Para estas últimas, siguen vigentes las guías técnicas para baterías de litio de scooter eléctrica en avión (por ejemplo, extraíbles hasta 300 Wh o 2 × 160 Wh según IATA) o integradas y protegidas por diseño. Si tu ficha encaja y tienes una aceptación por escrito, ese criterio debe respetarse en el embarque.
Protege los terminales, lleva la información del fabricante y etiqueta el equipo. Las revisiones operativas deben hacerse con antelación, no en la pasarela. La coherencia entre la aceptación previa y la decisión en puerta evita problemas.
Asistencia PMR y coordinación aeropuerto–aerolínea
Si pides asistencia con 48 horas, Aena (servicio “Sin Barreras”) te acompaña desde el punto de encuentro, te ayuda en controles, gestiona el embarque y entrega tu equipo lo más cerca posible del avión. Si te niegan el embarque, exige la asistencia, la alternativa de transporte y la justificación por escrito.
Si la aerolínea revoca sin base objetiva una aceptación previa, se refuerza tu derecho a la compensación y al reembolso de gastos razonables. Nosotros exigimos esas obligaciones y, si hace falta, presentamos una reclamación ante AESA por vulneración PMR.
Conclusión
El caso de Bergara demuestra algo simple: si la aerolínea te aceptó el equipo y luego cambia en la puerta sin razones sólidas, tienes derecho a compensación, a asistencia y a una solución inmediata (reembolso o alternativa). También a recuperar los gastos y, cuando proceda, a una indemnización por el daño moral.
Actúa pronto. Reúne pruebas, cuantifica gastos y permítenos presentar la reclamación por ti. Una estrategia clara ahorra tiempo y acelera el cobro.
En CIMA y Asociados nos ocupamos de todo, a éxito. Evaluamos tu caso sin coste y te guiamos de principio a fin.
Preguntas frecuentes
Derechos y normativa aplicable
¿Qué hago si me niegan el embarque por llevar una ayuda de movilidad?
¿Cuándo me corresponde compensación por denegación de embarque?
¿Qué dice el Reglamento 1107/2006 para personas con movilidad reducida?
Reclamación y pruebas
¿Qué puedo reclamar además del billete?
¿Y si la compañía alega seguridad?
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
¿Qué documentación necesito?
Asistencia y contacto
¿Cómo pido la asistencia en el aeropuerto?
¿Puedo pedir indemnización por daño moral?
¿Cómo empiezo con CIMA y Asociados?
Fuente: https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/Un-juzgado-de-Bergara-condena-a-Vueling-a-indemnizar-a-una-mujer-con-esclerosis-multiple-a-la-que-no-dejaron-embarcar-con-su-triciclo-electrico
